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Votación particular · Boletín 4937-18 · 15 sep 2008, 19:28

Proyecto que modifica el Código Penal y el decreto ley N° 321, de 1925, para sancionar el `femicidio`…

Indicación de la Comisión de Constitución para agregar un número nuevo en el artículo 1°, por el cual se intercala un artículo 368 bis en el Código Penal, con el siguiente texto: "Artículo 368 bis.- En los delitos señalados en los dos párrafos anteriores serán circunstancias agravantes las siguientes: 1.- Ser dos o más los autores del delito. 2.- Si los delitos se ejecutaren con desprecio a la presencia de personas menores de edad."

Resultado
Aprobado
Quórum
Quórum simple
Fecha
Proyecto
Boletín 4937-18
Verificación
Sin verificar

Votación de otra composición. Esta votación es de otra composición de la Cámara: la lista de diputados vigentes no corresponde a ella. Por eso no dibujamos coaliciones, hemiciclo ni asientos, y mostramos solo los totales que informa la Cámara.

Totales

  • 96A favor
  • 0En contra
  • 0Abstención
  • 0Dispensado o pareado

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